Ministerio de Educación afirma que resolución de restitución del año escolar "no es definitiva ni final"

El Ministerio de Educación, Deportes y Cultura aseguró este miércoles que la Resolución 105/2020 emanada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, sobre la restitución del año escolar "no es definitiva ni final" porque tiene "contradicciones, ambigüedades y poca claridad".

Ante esa determinación, esta cartera de Estado presentará en las siguientes horas un "recurso complementario, aclaración y enmienda" para que ese fallo sea revisado por el Tribunal Constitucional Plurinacional como establece la Constitución y las leyes "para ser confirmada o revocada".

La tarde de este miércoles, la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz determinó que en un plazo no mayor a 10 días hábiles, el Ministerio de Educación deberá proveer una política pública integral para garantizar por todos los medios el derecho a la educación de todos los ciudadanos en edad de escolarización.

Esa decisión judicial fue califica como un accionar político porque el presidente de esa Sala, Israel Campero, "fue designado en varios cargos por Héctor Arce, hombre fuerte del MAS, como Subprocurador, director General de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados y asesor Constitucional de la Vicepresidencia".

Además, en la audiencia de este miércoles se observó la presencia, en calidad de tercer interesado, al  abogado José Antonio Eguino, ex director Jurídico del exministro de Educación, Roberto Aguilar, como abogado de la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, "conocida por su afinidad política con el MAS".

"No queda duda que la determinación es  una acción planificada por operadores políticos afines al MAS que busca dañar y socavar la gestión educativa y poner en mayor riesgo la salud de estudiantes, maestros y padres de familia", refiere el comunicado.

El Ministerio de Educación ratificó la continuidad de la modernización educativa materializada en el Decreto Supremo 4260, del 6 de junio de este año, y sus seis reglamentos específicos, a través de las modalidades virtual y a distancia, ante la imposibilidad de retornar a la modalidad presencial.