Gobierno regula la exportación de oro y autoriza la emisión del Certificado de Exportación del Oro
El Gobierno decidió regular la exportación de oro y autorizó al Banco Central de Bolivia (BCB) la emisión del Certificado de Exportación de Oro. El directorio del ente emisor “definirá el cupo que será exportado periódicamente” y los requisitos para la emisión del certificado, “previa verificación de la cantidad que se requiere para la reposición de las reservas de oro”.
La determinación está contenida en el decreto 5076 que, en uno de sus consideradores, prevé que el “oro se constituye en recurso natural de propiedad y dominio directo e imprescriptible del pueblo boliviano y su administración es de interés colectivo”.
“El BCB, a través de reglamentación específica emitida por su Directorio, definirá el cupo que será exportado periódicamente y los requisitos para la emisión del Certificado de Exportación de Oro, previa verificación de la cantidad que se requiere para la reposición de las reservas de oro”, establece el parágrafo II del artículo 2 de la norma.
Entre las subpartidas arancelarias alcanzadas por el decreto están minerales de los metales preciosos y sus concentrados, oro (incluido el oro platinado) semilabrado o en polvo, de oro o de chapado (plaqué) de oro, excepto las barreduras que contengan otro metal precioso.
“La Aduana Nacional en el ámbito de sus competencias, además de los requisitos establecidos en la normativa vigente, deberá exigir al exportador de oro la presentación del Certificado de Exportación de Oro emitido por el BCB mismo que se va a constituir en documento soporte para el Despacho Aduanero de Exportación”, prevé el parágrafo I del artículo 3.
A la salida de la mercancía, el certificado deberá estar vigente y el incumplimiento “dará lugar a las sanciones conforme a normativa vigente”.
En un informe de septiembre, el ente emisor informó que comenzó operaciones de compra de oro fino activamente. En dos meses de vigencia de la reglamentación de la ley de Compra de Oro las compras alcanzan 205 kilos de oro fino, que representan cerca del 30% de lo adquirido por el BCB en 12 años de vigencia de la norma previa (Ley 175 de 11 de octubre de 2011).
Desde mayo rige la ley de compra de oro para el fortalecimiento de las Reservas Internacionales.
“El BCB, en un plazo de veinticuatro (24) horas, deberá reglamentar el Parágrafo II del Artículo 2 del presente Decreto Supremo a partir de la publicación de la presente norma”, establece sobre las subpartidas arancelarias alcanzadas por la norma.