El SIN amplía hasta el 28 de abril el plazo de presentación y pago del Formulario 610 RC-IVA

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) prorrogó hasta el 28 de abril de 2021 el plazo de presentación y pago del Formulario 610 Declaración Jurada del Régimen Complementario del Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), en el marco de la normativa del procedimiento para que los propietarios o arrendadores, que hubieran condonado el alquiler en un mínimo del 50%, se beneficien con la deducción impositiva dispuesta por la Ley N° 1342 y el Decreto Supremo N° 4450.

Además, se amplió hasta el 30 de abril de 2021 el plazo para la modificación de los Sistemas de Facturación establecidos en la Disposición Transitoria Cuarta de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102100000004, emitida por el SIN el 5 de marzo de 2021.

Ambas prórrogas están contempladas en la RND Nº 102100000005 “Procedimiento para la Aplicación de la Ley N°1342”, de 8 de abril de la presente gestión, publicada en la edición impresa de La Razón y disponible también en la página web www.impuestos.gob.bo. 

Otras disposiciones 

Para el registro de los beneficios de la deducción impositiva antes mencionada, el SIN aprobó en la RND Nº 102100000005 el Formulario 609 v.3, Condonación de Canon de Alquiler, Ley N° 1342, y para la liquidación del RC-IVA del periodo fiscal marzo de 2021, de los contribuyentes alcanzados por dicha Resolución, se habilitó la Declaración Jurada del “RC-IVA-Formulario 610-Ley N° 1342”.

También contempla el procedimiento para el Registro del Formulario 609 v.3 y envío del Contrato de Alquiler, además de otra información pertinente, a través de la opción “Deducción del RC-IVA Ley Nº 1342 - DS Nº 4450” del portal “Trámites Tributarios” de la Oficina Virtual del contribuyente del SIN, disponible en la página web www.impuestos.gob.bo. 

La Ley N° 1342, de 27 de agosto de 2020, establece la condonación del 50% del pago del impuesto mensual del RC-IVA, emergente del ingreso por cancelación del canon de alquiler, a los propietarios o arrendadores que hubieran condonado el alquiler en un mínimo del 50%.