Sentencia que absolvió a Zapata afirma que su hijo con Evo ha nacido vivo y no hay pruebas de que falleció
Mediante la sentencia con que absolvió a Gabriela Zapata por el delito de trata y tráfico, el Tribunal de Sentencia Cuarto de La Paz estableció que, a la luz de las pruebas proporcionadas, el hijo que tuvo con Evo Morales ha nacido vivo y que no existen pruebas de que hubiese fallecido.
“… de las pruebas del Ministerio Publico y de las declaraciones efectuadas por la procesada como medio de defensa, se ha podido establecer que el hijo de Juan Evo Morales Ayma y la imputada ha nacido vivo y ha sido registrado por el propio padre ante el Oficial de Registro Civil sin que hasta la fecha se haya presentado alguna probanza de que este menor haya fallecido”, dice la sentencia a la que tuvo acceso ERBOL.
En 2016, cuando había estallado el caso, Evo Morales reconoció en conferencia de prensa que tuvo un hijo con Zapata pero que éste había fallecido. “No puedo entender que algunos usen eso con fines netamente políticos. No sé si tendrán moral, no sé si están basados en la legalidad, usar, lamento decir, un niño que no existe”, lamentó el entonces mandatario.
Si bien después surgió la versión de que el niño nunca había existido, en el transcurso de la investigación se conoció un documento de registro civil, donde el mismo Morales había firmado el reconocimiento de su hijo.
En sus declaraciones ante el tribunal, Zapata también confirmó que el niño nació vivo, pero que le había sido arrebatado por su padre, bajo el argumento de que le haría tratar de una enfermedad.
El Tribunal, en su sentencia, mencionó también que Pilar Guzmán, allegada de Zapata, corroboró la existencia física del niño y que no existe ninguna una partida de Defunción que pueda establecer el fallecimiento del menor.
En este caso, la Fiscalía acusó a Zapata, sus allegados y abogados de haber intentado suplantar a su hijo con Morales con otro niño, para presentarlo ante una autoridad judicial.
El Tribunal consideró que los cargos del Ministerio Público fueron imprecisos y no demuestran fines delictivos sobre la suplantación de un menor.
También mencionó el caso de 2016, donde una juez declaró la inexistencia física del hijo de Morales y Zapata, para descartar el delito de violencia psicológica. Según el Tribunal, esa juez actuó más allá de sus competencias.
FUENTE: ERBOL