Habrá delatores de corrupción a cambio de extinción de sus casos

El Presidente remitió el proyecto ley de fortalecimiento para la lucha contra la corrupción. Foto:ABI

En el MAS sostienen que aquello coadyuvará en las pesquisas, mientras que en CC temen que esa figura se utilice para montar casos contra los opositores.

El proyecto de Ley de fortalecimiento para la lucha contra la corrupción, que es tratado en el Legislativo, contempla que los delatores en casos de corrupción sean premiados con la extinción del proceso en su contra a cambio de brindar información. En el MAS sostienen que esa disposición coadyuvará en las pesquisas, mientras que en CC temen que esa figura se utilice para montar casos contra los opositores. 

El proyecto, presentado el 2 de junio por el Órgano Ejecutivo, busca introducir en la Ley 004 Marcelo Quiroga Santa Cruz la figura del ,denominado “colaborador eficaz”. La disposición proyectada  señala que el fiscal “podrá solicitar al juez que se prescinda de la acción penal, en materia de corrupción, respecto de alguna de las personas imputadas, cuando ésta colabore eficazmente con la investigación”. 

El artículo 5 del proyecto establece, entre otros detalles, que la información que proporcione el “colaborador eficaz” debe permitir evitar la consumación del delito, conocer las circunstancias en las que se planificó y ejecutó, identificar a los autores y partícipes del ilícito cometido o por cometerse, e impedir o neutralizar futuras acciones o daños. 

El informe de la Comisión de Justicia Plural de Diputados sobre el documento indica que “se incorpora la figura de ‘colaboración eficaz’ a efectos de hacer más efectiva la persecución penal en delitos de corrupción, considerando los aportes al proceso por parte de los mismos partícipes del mismo”. 

En el reporte se agrega que la experiencia internacional da cuenta de que “es una herramienta importante” para la lucha de la criminalidad organizada, dado que sus integrantes brindan información “desde adentro” sobre la forma de operar, la identificación de sus miembros y las operaciones ejecutadas, entre otros datos.  

Juanito Angulo, diputado del MAS, destacó el proyecto presentado por el Ejecutivo porque –dijo- “fortalece” a la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz, “implementando algunos conceptos jurídicos”, como la figura del “colaborador eficaz”. 

“En esta ley se va a implementar el colaborador eficaz, que  es aquella persona que tiene conocimiento de un hecho de corrupción  debe informar, debe coadyuvar en el proceso de la investigación para encontrar la verdad histórica de un hecho de corrupción”, aseguró el legislador oficialista. 

En tanto, Andrea Barrientos, senadora de Comunidad Ciudadana (CC), expresó su desconfianza por la introducción de esa figura y lamentó -sostuvo- que se esté dando pasos atrás en torno a la normativa jurídica. Agregó que “lo que hoy se está tratando de hacer es montar casos para perseguir a la oposición”.     

“Se está tratando de montar casos, se trata de hacer una persecución política, sin lugar a dudas. ¿Qué dice la modificación? Me invento un testigo:  el testigo Paquito.  El testigo Paquito dice que ha visto al señor Juan Pérez en la esquina robándose cinco manzanas. Él puede decir que lo ha visto robarse cinco manzanas y el Gobierno lo va a proteger porque es un testigo protegido que va a ser premiado. O puede decir yo he robado cinco manzanas con el señor Paquito, pero nadie te da esa certeza de que eso haya pasado en realidad. Es un retroceso en la normativa jurídica”, aseguró la legisladora. 

Inhabilitarán del servicio público  hasta con 10  años

El proyecto de Ley de fortalecimiento para la lucha contra la corrupción también incluye la introducción de la sanción de inhabilitación del servicio público a los funcionarios que hayan cometido delitos de corrupción.   

“En los delitos de corrupción y vinculados, cometidos por servidora o servidor, empleada o empleado público, en el ejercicio de sus funciones, se aplicará la inhabilitación después del cumplimiento de la pena principal”, se lee en el artículo del proyecto con el que se busca modificar el artículo 34 del Código Penal. 

En el documento se establece  que “la inhabilitación dispuesta no será menor a seis meses ni mayor a 10 años”, fijándose la cantidad en función a la culpabilidad, de acuerdo a la siguiente escala: 1)  De cuatro hasta 10 años en delitos con pena privativa de libertad; y 2) De seis meses a cuatro años en delitos culposos o con sanción no privativa de libertad.

El proyecto fue presentado  por el Ejecutivo  y está siendo tratado en el Legislativo.

Fuente: Página 7