Gobierno descarta que nuevo decreto fije impuestos a plataformas digitales como Netflix y Spotify
A través de un comunicado se indicó que no se fija impuesto a las empresas extranjeras de contexto digital y plataformas ni tampoco al comercio digital
El Ministerio de Economía y Finanzas informó que el decreto supremo 4850, de 28 de diciembre de 2022, promulgado en el marco de la ley 1448, no fija impuesto a las empresas extranjeras de contexto digital y plataformas como Netflix, Zoom, Spotify, entre otras, tampoco al comercio digital.
El mencionado decreto reglamenta la norma 1448 permitiendo que “las personas naturales que realizan actividades como profesionales independientes y oficios, y que anteriormente debían pagar el impuesto sobre las utilidades de las empresas (IUE), ahora paguen el Régimen Complementario del Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), con la posibilidad de beneficiarse de reducciones que antes no tenían”, según resalta un comunicado de esa cartera de Estado.
La información dado por el ministerio de Economía surge luego de los cuestionamientos hechos por el diputado de Comunidad Ciudadana, Miguel Roca, que señaló, a través de sus redes sociales, que “es necesario alertar a la sociedad boliviana sobre el nuevo intento de auténtico ‘descuidismo’ en materia tributaria”, el cual “dice que es para profesionales independientes, pero en realidad es para todos los que hacen comercio, y, sobre todo, por la vía digital”.
Al respecto, el Ministerio de Economía indicó que ninguna disposición del DS 4850 establece que se deban realizar retenciones a empresas que prestaban servicios desde fuera del territorio boliviano, y “menos que éstas deban ser realizadas por personas naturales”, toda vez que los servicios digitales prestados por empresas como Netflix, Zoom, Spotify o cualquier otra del exterior “no están sujetos al RC-IVA”.
Fuente: UNITEL