Ley de Emergencia Sanitaria, en medio de observaciones y a puertas de su promulgación

El Gobierno nacional aprobó con su “mayoría simple” la Ley de Emergencia Sanitaria por la pandemia del coronavirus que tiene al país con muchas dificultades en el sistema de salud, la normativa fue cuestionada por la oposición, los médicos y trabajadores de salud por presuntamente vulnerar derechos constitucionales como el de la protesta y la libre decisión para recibir o no la vacuna contra el virus, además de fijar precios en la prestación de servicios de las clínicas privadas.

Tras amenazas de paro por parte de los profesionales médicos, las autoridades nacionales aceptaron modificar el texto por tres artículos observados, según remarcó el presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani al momento de derivar la normativa al ejecutivo para su promulgación.

Al igual que los galenos, parlamentarios opositores observaron vicios de nulidad desde el tratamiento de la Ley de Emergencia Sanitaria en la Cámara de Senadores al pasar a manos de la Comisión de Constitución presidida por el MAS y no a la Comisión de Salud, presidida por legisladores opositores como corresponde a reglamento.

El proyecto de Ley fue observado por el sector salud en los artículos 17, 19 y 28. La primera observación establece tarifas básicas para el costo de internación y atención en el sistema de salud privado. El artículo 19 hace referencia a la prohibición de suspensión de servicios de salud durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria como consecuencia de paros, huelgas, protestas, jornadas académicas u otras análogas, y finalmente el 28 que permitía la contratación de profesionales extranjeros.

Tras una serie de reuniones sostenidas entre el Ministerio de Salud y los representantes del sector se acordó modificar el texto, tal acuerdo fue desconocido por varias departamentales del ente colegiado.

El artículo 28, fue el más resistido por los galenos, en su texto original establecía que el ministerio de salud, en el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria podrá simplificar los requisitos y procedimientos para la contratación de personal médico, enfermería y técnicos de salud, quedando habilitado para contratar profesionales médicos que hubieran concluidos sus estudios en Bolivia o wn el extranjero, estudiantes de medicina y médicos jubilados.

La nueva redacción divide en dos parágrafos el artículo, en el primero advierte que el ministerio no podrá abreviar pasos y simplificar requisitos y procedimientos para la contratación del personal profesional y técnico de salud, egresados y/o estudiantes de medicina y médicos jubilados.  Al respecto el presidente del colegio de La Paz, Luis Larrea aseguró que la demanda era su eliminación, no modificación.

Según se denunció, los consensos con parte de los representantes de salud fueron tomados en cuenta a medias por el oficialismo mayoritario en la Asamblea nacional y pese a ello la Ley Sanitaria fue aprobada en el ALP. Por ello los médicos del país tras un análisis jurídico se declararon en emergencia y sesión permanente advirtiendo movilizaciones e incluso un paro indefinido si esta norma llega a ser promulgada por el Ejecutivo.

Profesionales en salud consideran que la ley vulnera la Constitución Política del Estado (CPE), la ley 3131 y los estatutos del Colegio Médico de Bolivia, por esta razón desde la institución se anunció que se asumirán acciones legales como el planteamiento de recurso de inconstitucionalidad, según reza el pronunciamiento emanado desde el Consejo Médico Nacional de Salud (Conasa), reunido en la ciudad de Santa Cruz.

Por su parte el ejecutivo de la federación departamental, Robert Hurtado, confirmó en los últimos días que los trabajadores del área sumarán fuerzas a los galenos en las medidas de rechazo a la normativa.

Desde el oficialismo se defiende la nueva Ley de Emergencia Sanitaria aduciendo que es parte de los requisitos demandados por el mecanismo Covax para beneficiarse con la dotación gratuita de vacunas contra el Covid-19, según explicaba el diputado del MAS, Héctor Arce.

La normativa no solo fue cuestionada en los aspectos sanitarios, también se observó principalmente por los asambleístas de oposición la centralización de competencias. El artículo 22 establece que mientras dure la emergencia sanitaria, el nivel central de forma excepcional, queda facultado para ejercer las competencias en materia de salud previstas en la CPE, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, los Estatutos Orgánicos y Cartas Orgánicas de entidades territoriales autónomas, de manera temporal y únicamente cuando estas se hallen rebasadas en su capacidad de respuesta, este texto fue calificado de centralista por la senadora de Creemos, Centa Rek.

Al respecto el representante de los trabajadores advierte silencio cómplice de la gobernación cruceña y municipio por no objetar la ley sanitaria.

La conformación del Consejo Nacional de Emergencia compuesta sólo por 11 ministerios sin participación técnica del Comité Científico Nacional o de los Colegios de Profesionales establecido en el artículo 8 de la normativa también fue observado por legisladores opositores que no apoyaron la ley durante su tratamiento.

La Ley de Emergencia Sanitaria podría ser promulgada en próximas horas por el Ejecutivo en medio del rechazo de los salubristas en momentos en que el país atraviesa la segunda ola de la enfermedad con un total de 225.910 casos, 166.446 pacientes recuperados y 10.687 fallecidos.

FIDES SANTA CRUZ