Gobierno aprueba decreto para frenar y sancionar el contrabando de alimentos hacia otros países
El ministro de Desarrollo Productivo, Néstor Huanca, anunció que se establecerá un “registro de proveedores únicos para la distribución y comercialización” en las zonas fronterizas y dijo que la norma no alcanza al traslado de alimentos para consumo.
La mañana de este miércoles el gabinete de ministros aprobó un decreto para frenar y sancionar el contrabando a la inversa, que -según el Gobierno de Luis Arce- genera en parte el incremento de los precios de productos de la canasta familiar.
La norma reglamenta la Ley 100 con el objeto de controlar el “tránsito ilegal de alimentos hacia la zona de seguridad fronteriza”, indicó el ministro de Desarrollo Productivo, Néstor Huanca, quien dijo que la medida ayudará a “estabilizar los precios”.
El lunes, el presidente Luis Arce ordenó el despliegue de militares a las zonas fronterizas para evitar las salidas de alimentos.
Los productos que serán materia de control serán establecidos por el Consejo Para el Desarrollo Fronterizo y Seguridad, conformado por los ministerios de Economía, Defensa, Presidencia y de Planificación.
“Hoy por hoy necesitamos controlar, por ejemplo, el traslado de alimentos hacia las zonas como el arroz, carne de pollo, aceite, azúcar, carne de res, cerdo, huevo, papa, incluso verduras y el ganado en pie, entre otros productos”, señaló la autoridad.
Explicó que para el control se emitirán los “certificados de abastecimiento en áreas fronterizas” que van a servir para controlar el “traslado de volúmenes suficientes para garantizar primero el abastecimiento de alimentos a esta zona fronteriza”
“Eso quiere decir que los hermanos y hermanas que viven en las zonas fronterizas, como en el Desaguadero, por ejemplo, van a ser abastecidos con suficiente alimento para que no sean afectados.
“Los productos que se trasladan en demasía obviamente van a ser sujetos a control y decomiso.
Huanca además precisó que se establecerá un “registro de proveedores únicos para la distribución y comercialización de alimentos para la población en estas zonas fronterizas”.
En ese marco, aclaró que la norma “no alcanza al traslado de alimentos destinados al consumo doméstico”.
“Hay hermanos y hermanas de las fronteras que llevan en menor cantidad sus alimentos, no van a ser alcanzados aquellos y tampoco las comunidades que se ubican en el trayecto que se traslada a las zonas”, sostuvo.
En ese marco, Huanca precisó que “la exportación formal de alimentos” no está incluida en esta norma puesto que “esta exportación formal cuenta con la declaración de exportación (DEX), que los habilita a transitar libremente sus productos para su exportación y llevar sus productos hacia otros países”.
Control
El Ministerio de Defensa gestionará la apertura de oficinas regionales del Viceministerio de Lucha Contra el Contrabando en los municipios fronterizos.
“En todo caso, esta norma va a estar dirigida básicamente cuando exista la contravención en el marco de la Ley 100, Delitos y Sanciones, que modifica el artículo 181 del Código Tributario, señala que comete delito de contrabando de exportación agravado cuando se transporte o intente extraer alimentos sin cumplir los requisitos legales. Será sancionado con privación de 14 años y el decomiso de las mercancías y la confiscación de los instrumentos de delito”, señaló Huanca.
Regiones
El ministro dijo que la norma fue socializada con sectores de Bermejo, Puerto Suárez, Puerto Quijarro, Yacuiba, “quienes han manifestado su conformidad de aplicación”.
“Sin embargo, nos han pedido que apliquemos a productos específicos que son de mayor preocupación en este momento”, indicó y citó el arroz, el ganado en pie, las carnes de res y cerdo y el huevo que “serán los productos que entrarán en fase de control” en la primera fase.
Huanca además puntualizó que una vez que se reglamente la norma se activará su aplicación.
FUENTE: UNITEL